Califican de burla a la Justicia una publicidad oficial en el Diario Perfil
ADEPA emitió una declaración sobre el aviso publicado por la Presidencia de la Nación el sábado 2 de abril. Ese día se cumplieron 15 días del fallo de la Corte que ordenó incluir a la Editorial Perfil dentro de la pauta publicitaria del Estado argentino.
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El 2 de marzo pasado la Corte Suprema de Justicia ordenó incluir a la Editorial Perfil dentro de la pauta publicitaria del Estado Argentino, suprimiendo la política discriminatoria que la había dejado afuera desde 2003.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitió una declaración en la cual puntualiza que “se trata de un fallo emblemático que establece que la selección de los medios de prensa para efectuar la publicidad oficial, aunque sea una facultad discrecional, no puede ser ejercida arbitrariamente”.
Cuando se cumplieron los 15 días que la Corte impuso al Gobierno para cumplir el fallo, la Presidencia de la Nación envió a la editorial un aviso que dice: “La editorial que publica este diario ha distinguido a empresas que hoy están siendo denunciadas por la Afip por trata de personas y esclavitud laboral”. El director de la editorial señaló, en una columna del diario Perfil, que se trataba de una referencia maliciosa ya que apuntaba a uno de los premios que entrega anualmente una de sus revistas a empresas por su performance económica. Recordaba también que ese reconocimiento se había hecho seis años antes de que una subsidiaria de la empresa distinguida fuera acusada de emplear trabajo esclavo.
El aviso oficial –advierte ADEPA- constituye una burla a un trascendente fallo que fijó un límite a un uso abusivo de recursos públicos. La finalidad de la publicidad oficial es reflejar la obra del estado y la selección de los medios para hacerlo debería apoyarse en criterios objetivos que garanticen que el mensaje llegue, del modo más eficaz, a los ciudadanos. Los niveles de circulación o de audiencia son dos de esos criterios. En 2010, dos tercios de la pauta oficial destinada a canales de televisión abierta de la ciudad de Buenos Aires se concentraron en el tercer canal en audiencia, mientras que el primero solamente recibió un 5%. En la que se destinó a medios gráficos, el 47% la recibió un diario y un grupo de medios que tienen niveles de circulación bajos si los comparamos con los de los grandes diarios.
La pauta oficial -sostuvo ADEPA- no debe ser utilizada como herramienta proselitista ni para premiar o castigar medios de acuerdo a su línea editorial. Cuando eso ocurre se afecta la libertad de expresión, se atacan las reglas de la competencia democrática y se administran indebidamente los recursos de los ciudadanos, concluye la declaración que diera a conocer la institución que congrega a diarios, periódicos y revistas de nuestro país.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitió una declaración en la cual puntualiza que “se trata de un fallo emblemático que establece que la selección de los medios de prensa para efectuar la publicidad oficial, aunque sea una facultad discrecional, no puede ser ejercida arbitrariamente”.
Cuando se cumplieron los 15 días que la Corte impuso al Gobierno para cumplir el fallo, la Presidencia de la Nación envió a la editorial un aviso que dice: “La editorial que publica este diario ha distinguido a empresas que hoy están siendo denunciadas por la Afip por trata de personas y esclavitud laboral”. El director de la editorial señaló, en una columna del diario Perfil, que se trataba de una referencia maliciosa ya que apuntaba a uno de los premios que entrega anualmente una de sus revistas a empresas por su performance económica. Recordaba también que ese reconocimiento se había hecho seis años antes de que una subsidiaria de la empresa distinguida fuera acusada de emplear trabajo esclavo.
El aviso oficial –advierte ADEPA- constituye una burla a un trascendente fallo que fijó un límite a un uso abusivo de recursos públicos. La finalidad de la publicidad oficial es reflejar la obra del estado y la selección de los medios para hacerlo debería apoyarse en criterios objetivos que garanticen que el mensaje llegue, del modo más eficaz, a los ciudadanos. Los niveles de circulación o de audiencia son dos de esos criterios. En 2010, dos tercios de la pauta oficial destinada a canales de televisión abierta de la ciudad de Buenos Aires se concentraron en el tercer canal en audiencia, mientras que el primero solamente recibió un 5%. En la que se destinó a medios gráficos, el 47% la recibió un diario y un grupo de medios que tienen niveles de circulación bajos si los comparamos con los de los grandes diarios.
La pauta oficial -sostuvo ADEPA- no debe ser utilizada como herramienta proselitista ni para premiar o castigar medios de acuerdo a su línea editorial. Cuando eso ocurre se afecta la libertad de expresión, se atacan las reglas de la competencia democrática y se administran indebidamente los recursos de los ciudadanos, concluye la declaración que diera a conocer la institución que congrega a diarios, periódicos y revistas de nuestro país.
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