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viernes, 28 de noviembre de 2008


EL CONGRESO MODIFICO EL MARCO PARA LAS EXPERIENCIAS LABORALES DE LOS ALUMNOS
Otro régimen para pasantes
La nueva ley reduce la duración de las pasantías, fija una asignación proporcional al salario mínimo y prevé sanciones a empresas.
Por Julián Bruschtein

Las pasantías que realizan los estudiantes universitarios y terciarios tendrán un nuevo régimen. El Senado convirtió en ley anteayer un proyecto que estaba en tratamiento parlamentario desde hace un año. La flamante norma establece un plazo de doce meses para las experiencias laborales con fines formativos y fija la posibilidad de renovarlas por seis meses más. Entre otros cambios, incorpora que el estímulo a cobrar por los estudiantes debe ser igual al salario mínimo del sector, en forma proporcional a la carga horaria cumplida por el pasante, que no puede superar las 20 horas semanales.
“La nueva ley de pasantías refuerza la relación entre el sistema educativo y el mundo del trabajo”, dice la senadora Blanca Osuna (FpV), autora del proyecto junto con el diputado Héctor Recalde. La norma que reemplazará la ley 25.165 busca “proteger el carácter formativo de los pasantes estudiantes de educación superior” y contempla “el marco económico social y el compromiso con el trabajo registrado”, según explicó Osuna a Página/12.
El sistema de pasantías apunta a ofrecer formación profesional práctica a estudiantes avanzados, pero, al menos desde los ’90, también ha sido un factor de precarización laboral al ofrecer mano de obra barata a empresas y organizaciones, incluso en el sector público. Este es uno de los ejes que pretende enfrentar la nueva ley –según sus autores–. Osuna aseguró que la norma “no podrá ser utilizada para cubrir vacantes o creación de empleo nuevo, ni para reemplazar al personal de las empresas y organizaciones públicas y privadas”. Para eso, destacó el refuerzo sobre el “marco institucional” de las pasantías.
El proceso actual indica que los pasantes deben elaborar informes sobre su trabajo, que es evaluado por un tutor y, además, éste recibe de la empresa otro informe sobre el pasante. En la práctica esto rara vez funciona. Para la senadora entrerriana, “el refuerzo de la relación entre el sistema educativo y el mundo del trabajo” que pretende instrumentarse sería una forma de revertirlo: “Apuntamos a fortalecer el compromiso social empresarial y el de las instituciones”. El artículo 17 de la ley afirma que se designará un docente guía en la empresa y un tutor en la institución educativa que elaborarán “de manera conjunta un plan de trabajo que determine el proceso educativo del estudiante para alcanzar los objetivos pedagógicos”.
Uno de los cambios sustanciales que se introducen es la reducción de la duración de las pasantías: pasan de cuatro años a un año, con la posibilidad de una prórroga por seis meses más. Consultado por este diario, el secretario de Extensión de la UBA, Oscar García, afirmó que “un año y medio es un tiempo en el que el estudiante puede aprender muy bien cómo funciona el campo laboral de su profesión. El plazo de cuatro años era exagerado”. A la carga horaria inferior a 20 horas semanales, García la encuentra como “un problema a resolver. Puede suceder que para las empresas no sea conveniente tener un pasante sólo por cuatro horas diarias. Para el estudiante es una buena medida, pero puede llegar a desalentar el sistema”.
Otro cambio que favorecerá a los pasantes es el de la asignación que percibirán por su desempeño. El estímulo ahora quedará atado al “salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa y que será proporcional a la carga horaria de la pasantía”, según establece el artículo 15. También recibirán “todos los beneficios regulares y licencias que se acuerden al personal”, así como la cobertura de salud.
La ley introduce también que, en caso de incumplimiento por parte de la empresa de alguna de sus obligaciones, podrá ser sancionada. Por ejemplo, si se prolonga el vínculo de la pasantía, ésta se tomará como un contrato de trabajo por tiempo indefinido, el estudiante tendrá derecho a percibir una indemnización y la empresa sufrirá las sanciones que correspondan por la “relación laboral no registrada”. Por otra parte, las facultades o las universidades podrán cobrarles a las entidades con las que realicen convenios de pasantías, en concepto de gastos administrativos, como máximo un cinco por ciento de la remuneración del pasante –que no se restará de lo percibido por el estudiante–. Cuando la ley entre en vigencia, las universidades privadas tendrían que renegociar sus convenios ya que, a diferencia del sistema universitario estatal, hasta ahora no tenían tope y, en algunos casos, llegan a cobrar hasta el 20 por ciento.
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